Fase 1 de la Desescalada. Actividades Permitidas

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  • ¿Que se puede hacer durante la Fase 1 de desescalada?.


Desde el lunes 11 de Mayo, y ya dentro de la Fase 1 se flexibilizan determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Esta Fase 1 en la provincia de Zaragoza durará hasta el 25 de mayo, fecha en la cual podremos pasar a la fase 2 si cumplimos con los parámetros sanitarios que indiquen que mejora la situación.

Actividades permitidas en la Fase 1

Estas actividades permitidas para la Fase 1, en vigor en toda la comunidad autónoma de Aragón son:

– Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia.

Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

– Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo en cada momento de quince personas en espacios al aire libre o diez personas en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados.

Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo y que se cumplan las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

– Abren los locales menores de 400 metros cuadrados con limitación de aforo al 30%, y siguen cerrados los centros comerciales y los locales más grandes. Será obligatoria la desinfección de los locales al menos dos veces al día. También habrá que desinfectar las zonas de los empleados y su ropa de trabajo. Los clientes no podrán usar los aseos en los comercios. Deberá haber equipos de protección individual adecuados para los empleados, y geles hidroalcohólicos a la entrada de los comercios para empleados y clientes. Los probadores y las prendas deberán desinfectarse tras cada uso

– Apertura de terrazas de establecimientos hosteleros con limitación de ocupación al 50% y un máximo de 10 personas por mesa, además de dos metros de distancia entre mesas; deberá hacerse una desinfección estricta de mesas y sillas entre usos, así como priorizar el uso de elementos desechables; no se deberán compartir cartas, palilleros o servilleteros, y se fomentará el pago con tarjeta y desinfectar el datáfono tras cada uso.

– El uso de los aseos por los clientes está permitido, su ocupación máxima será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. Deberá procederse a la limpieza y desinfección de los referidos aseos, como mínimo, seis veces al día.

Reapertura de los centros educativos y universitarios para su desinfección, acondicionamiento y para la realización de funciones administrativas.

– Podrá procederse a la apertura de las bibliotecas, tanto de titularidad pública como privada para las actividades de préstamo y devolución de obras, lectura en sala, así como para información bibliográfica y bibliotecaria. No podrán llevarse a cabo actividades culturales, actividades de estudio en sala o de préstamo interbibliotecario

– Abren los museos, a un tercio de su aforo.

– Apertura de centros de alto rendimiento. Se permite el entrenamiento medio en ligas profesionales y la apertura de instalaciones deportivas al aire libre sin público, y para deportes sin contacto; no habrá uso de vestuarios.

– Abren los hoteles y alojamientos turísticos, con la excepción de las zonas comunes. Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de un máximo de hasta diez personas, por empresas registradas como empresas de turismo activo.

– Podrá procederse a la reapertura al público de todos los locales y establecimientos en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales, siempre que no superen un tercio del aforo autorizado. Además, si se realizan en lugares cerrados, no podrá haber más de treinta personas en total y, si son al aire libre, dicho aforo máximo será de doscientas personas.

Podrán usarse todos los asientos de vehículos privados si los ocupantes viven juntos. Si no, se establece un máximo dos personas por fila, y deben llevar mascarillas.

– En motos, motocicletas y ciclomotores, que estén provistos con dos plazas homologadas, pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla. El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y también por parte del conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.

– Reabren los mercadillos al aire libre con el 25% de los puestos habituales. Se prohíbe el autoservicio en mercados y mercadillos.

– Sector agroalimentario y pesquero: se reanudan las actividades que mantenían restricciones

– Se prevé una reactivación progresiva de los servicios sociales, con atención prioritaria a aquellos colectivos que estén más desfavorecidos.

– Atención domiciliaria y seguimiento continuo a personas mayores que no vivan en residencias

– Se reactiva la producción audiovisual y rodaje de cine y series.

– Se podrán celebrar seminarios y congresos presenciales, con menos de 30 asistentes.

Ampliación de Actividades a partir del 18 de Mayo

Se modifica la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

– La caza y la pesca serán dos de las actividades permitidas a partir del próximo lunes, 18 de mayo, en las zonas de España que estén en la fase 1 de la desescalada.

– Se permitirá la apertura de locales que tengan una superficie útil de exposición y venta superior a 400 metros cuadrados siempre que puedan acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral de 400 metros, para poder atender al público.

– Se permitirá que la apertura de centros de día sea competencia de las comunidades autónomas en función de si procede o no. Se deberá realizar un seguimiento de casos, adopción de procedimientos de aislamiento o cuarentena, trazabilidad de los contactos, y de realización de pruebas diagnósticas.

Franjas Horarias

Las franjas horarias de las salidas quedaron reguladas por la Orden SND/380/2020, firmada el 30 de abril por el ministro de Sanidad Salvador Illa, que versa sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19. Esa orden y sus especificaciones en cuanto a horarios se mantendrá vigente mientras dure el estado de alarma o no haya una contraorden al respecto.

Aunque como por ejemplo el acceso a las terrazas de los bares se podrá realizar en el horario comercial del propio establecimiento comercial, pues las franjas de horarios son para deportes o paseos.

No obstante, el ministro Illa declaró este viernes 8 de mayo que estas franjas horarias podrán adaptarse en cada comunidad autónoma con arreglo a las condiciones meteorológicas. En concreto, se propone adelantar la salida de los niños dos horas por la mañana y dos horas por la tarde, es decir, podrían salir a la calle entre las 10.00 y las 21.00.

Fase 1Estas son las comunidades que entran a la fase 1 el 11 de mayo

Aragón, Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco, La Rioja, Navarra, Extremadura, Murcia, Baleares, Canarias y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla entran completas. En cambio, pasan parcialmente a la fase 1 Castilla La Mancha(solo Guadalajara y Cuenca), Castilla León (solo pasan 26 zonas básicas de salud: una en Ávila, seis en Burgos, tres en León, una en Palencia, una en Salamanca, tres en Valladolid, siete en Zamora, tres en Salamanca y una en Soria), Cataluña (pasan las áreas de Terras del Ebre, Camp de Tarragona y Pirineus/Vall D’Arán). Comunidad Valenciana (de sus 24 departamentos de salud pasan uno en Castellón, cuatro en Valencia y seis en Alicante) y Andalucía (pasan Cádiz, Sevilla, Jaén, Córdoba, Almería y Huelva; Málaga y Granada se quedan en la fase 0, aunque se prevé que pasen a la 1 en breve). Madrid no pasa de momento a la fase 1.

Más información en el Boe Orden SND/399/2020, de 9 de mayo y en el Boe Orden SND/414/2020, de 16 de mayo.

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